Poza

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martes, 26 de julio de 2016

Las propiedades PRIVADAS y el tránsito de personas por las mismas

Hola.

Con la reciente fiebre de un videojuego se ha puesto de relieve el espinoso tema de la "invasión" de terrenos privados por "hordas" de incontrolados o desaprensivos.

Algo muy habitual entre Senderistas, montañeros y corredores de Trail, bicicleteros (BTT),  etc,  es creer que todo lo que está abierto, o con cierres testimoniales es un lugar por dónde "se puede pasar".... Y nada más lejos de la realidad.

Incluso hay organizaciones (privadas) que organizan pruebas deportivas, o recreativas, o marcan senderos, por terrenos que TIENEN DUEÑO, que NO SON públicos, ni están sujetos a ninguna restricción de la propiedad que autorice al tránsito de personas. Y sin embargo realizan sus actividades con total impunidad, y con menosprecio a los Derechos de la población local.

Hace años que considero MUY GRAVE la actitud INCÍVICA de los bicicleteros (que no ciclistas), que se creen con "derecho" a meterse por cualquier sitio, bajando "a tumba abierta", erosionando el terreno al crear nuevas "sendas", molestando a la fauna o a la ganadería.... El "hartazgo" de las gentes del Rural, u otros colectivos perjudicados, es normal que origine actuaciones "de desconocidos" que pongan "trampas" para estos intrusos....

En Galicia tenemos una LEY específica que regula el tránsito de personas y vehículos en Espàcios Naturales, en las zonas de Red Natura y ZEPA. Pero ni la propia Xunta la respeta, y lo que es más grave: NO las hace respetar, y consiente actividades "expresamente prohibidas".

Además hay otra serie de normas, usos, costumbres, servidumbres, etc que toda persona que le gusten las actividades en el medio natural debería conocer (como los conductores de coches deberían conocer las normas de circulación y la Ley de Seguridad Vial), pero nada más lejos de la realidad.

Un ejemplo son las zonas de Servidumbre  de los cauces de los ríos (5 mts) y la de Servidumbre del Litoral: (La  servidumbre de tránsito es una franja de 6 metros de anchura medidos desde la línea interior de la ribera del mar que forma parte de la servidumbre de protección). Y sin embargo hay quién pisa "por el medio y medio" de cultivos o prados a mayor distancia.

Hace años que encontré un interesante enlace al respecto http://www.ecologistasenaccion.es/article18194.html 

En general, el tránsito a pie está permitido por todo tipo de vías y sendas, y por el linde de las propiedades privadas cuando "no hay" otro camino. Pero cualquier vehículo ajeno a las labores agrícolas o forestales tiene prohibido el acceso.

En la montaña tendemos a andar por cualquier huella de paso de ganado, actual o pasado, pues tendemos a considerar cómo públicas todas estas vías pecuarias, aunque muchas sólo son servidumbres de paso para los vecinos de esas zonas. Hay zonas con Restricciones de paso en espacios naturales protegidos, que no son tales para los habitantes del lugar y sus ganados, sino sólo para los visitantes. Y otras en las que el tránsito de cualquier vehículo (o caballo) ajeno a los habitantes del lugar no está permitido. Y sin embargo te los encuentras.




El Código Civil establece que las propiedades privadas se consideran acotadas y cerradas, aunque físicamente no lo estén.

Pero parece que los URBANITAS que van al monte desconocen el Código Civil.

En el fondo, tanto con el videojuego como el tránsito por los montes, todo es un problema de Civismo y de Educación (más bien falta de ella).

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